INFORMACIÓN DEL TRÁMITE

SOLICITUD DE 30 VIVIENDAS EN REGIMEN ESPECIAL EN ALQUILER "EL CERRILLO"

PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
• Desde el 20 de febrero de 2024 hasta el 5 de marzo de 2024.
PRESENTACIÓN TELEMÁTICA
* Debe disponer de certificado digital y presentarla en la sede electrónica del Ayuntamiento.

El último día es el 5 de marzo a las 23:59 horas. Hay que seguir los siguientes pasos:

PRIMERO: Descargar el anexo I en el icono VER de la derecha. Cumplimentar de forma manual y escanear. Debe estar firmado por todos los mayores de 18 años.

SEGUNDO: Pulse INICIAR en la parte superior de la ventana y comience a cumplimentar la solicitud. Adjuntar el anexo I que ya debe tener cumplimentado, firmado y escaneado.
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SOLICITUD PRESENCIAL
* Puede descargar la solicitud en el icono VER de la derecha o recogerla en SODECAR sita en Plaza de San Fernando, 5 en horario de 9:30 a 13:30 de lunes a viernes. Deberá presentarla en SODECAR. Último día el 5 de marzo a las 13:30 horas.

Sólo debe presentar la solicitud sin aportar ninguna otra documentación en este paso del procedimiento.
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INFORMACIÓN GENERAL
- SOBRE LAS VIVIENDAS:
• 30 viviendas + trastero en Régimen Especial de alquiler a 25 años.
• El ALQUILER MENSUAL tendrá un importe aproximado de 230-375 €/MES (incluidos gastos comunidad).

- REQUISITOS:
• Ser mayor de edad o menor emancipado y no encontrarse incapacitado para obligarse contractualmente a la fecha de presentación de la solicitud.
• Estar EMPADRONADO EN CARMONA con una antigüedad mínima de DOS AÑOS a la fecha de apertura del plazo de presentación de solicitudes (20 febrero 2024).
• NO ser titular de pleno dominio de alguna OTRA VIVIENDA protegida o libre ni estar en posesión de la misma en virtud de un derecho real de goce o disfrute vitalicio a la fecha de presentación de la solicitud.
• Que la suma de los INGRESOS totales de la unidad familiar o de convivencia NO SUPEREN 3 veces el IPREM.
• Acreditar unos INGRESOS MÍNIMOS SUFICIENTES para afrontar el pago de la renta y la comunidad, conforme a lo establecido en el art. 23.3 de Plan Vive en Andalucía y al art 5.d), de la Ley Reguladora del derecho a la vivienda en Andalucía.

- CUPO AL QUE PERTENECE:
• Jóvenes menores de 35 años: 20 viviendas. Solicitantes nacidos después del 31 de diciembre de 1.989.
• Cupo general: 9 viviendas. Solicitantes nacidos antes del 1 de enero de 1990 que no presenten la necesidad de una vivienda adaptada.
• Vivienda adaptada para personas discapacitadas: 1 vivienda. Personas DISCAPACITADAS con MOVILIDAD REDUCIDA que les obligue a trasladarse habitualmente en SILLA DE RUEDAS o con la ayuda de cualquier otro medio técnico. Debe acreditarlo mediante CERTIFICADO DE DISCAPACIDAD que adjuntará a la solicitud.

En caso de que en alguno de los cupos establecidos se presenten un número menor de solicitudes que de viviendas asignadas a ese cupo, esas viviendas que quedan vacantes se asignan al cupo de JÓVENES.
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DOCUMENTACIÓN A APORTAR Y PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
- DOCUMENTACIÓN A APORTAR:
• Si pertenece al cupo General o Jóvenes: Se presenta ÚNICAMENTE LA SOLICITUD cumplimentada y firmada por todos los miembros de la unidad familiar o de convivencia mayores de edad sin adjuntar ninguna otra documentación, pues ésta les será requerida a los seleccionados tras el sorteo.
• Si pertenece al cupo Vivienda Adaptada: Debe adjuntar a la solicitud CERTIFICADO DE DISCAPACIDAD que acredite la necesidad de una vivienda adaptada por movilidad reducida que le obligue a trasladarse en silla de ruedas.

- PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN:
• Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se elaborarán tres listados (uno por cada cupo), atendiendo a los datos cumplimentados por los solicitantes. Estos LISTADOS SE EXPONDRÁN PÚBLICAMENTE para la resolución de posibles errores detectados por los solicitantes.
• Subsanados los posibles errores, se realizará un SORTEO PÚBLICO con la presencia de notario y en un acto abierto al público.
LAS PERSONAS SELECCIONADAS EN EL SORTEO NO SERÁN ADJUDICATARIAS DE VIVIENDA HASTA QUE NO SE COMPRUEBE QUE REÚNEN TODOS LOS REQUISITOS EXIGIDOS.
• TRAS EL SORTEO, se requerirá a los seleccionados y a un número de suplentes igual al número de viviendas a adjudicar para cada cupo, la documentación necesaria para valorar la solicitud y comprobar si reúnen todos los requisitos exigidos.
• Una vez valoradas las solicitudes, SE EXCLUIRÁ A AQUELLOS SELECCIONADOS EN EL SORTEO QUE NO CUMPLAN LOS REQUISITOS o que incurran en cualquiera de los motivos expuestos en el punto siguiente, e irán siendo sustituidos por los suplentes, con los que se seguirá el mismo procedimiento hasta completar los 30 adjudicatarios definitivos.
MOTIVOS DE EXCLUSIÓN
• Solicitudes recibidas FUERA DEL PLAZO establecido.
• El INCUMPLIMIENTO de cualquiera de los REQUISITOS establecidos en la normativa aplicable al acceso a la vivienda pública.
• FALSEAMIENTO de datos en la solicitud cumplimentada.
• La NO ASISTENCIA a la CITACIÓN para la que serán convocados los seleccionados tras el sorteo.
• La FALTA DE DOCUMENTACIÓN requerida en el plazo establecido a los seleccionados tras el sorteo.
• Una persona que figure inscrita en más de una solicitud, a excepción de los hijos cuyos padres tengan la guarda y custodia compartida (debidamente justificada).
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